El pasado 21 de Diciembre nuestra Cofradía recibió una carta de la Primitiva Hermandad de los nazarenos de Sevilla, Archicofradía Pontificia y Real de Nuestro Padre Jesús Nazareno, Santa Cruz en Jerusalén y María Santísima de la Concepción, en la que se comunicaba la decisión de su Junta de Gobierno en Cabildo Ordinario de Oficiales celebrado el 19 de Enero del pasado año de aprobar por unanimidad la solicitud de agregación presentada en Octubre de 2008 por nuestra Cofradía. Dicha agregación fue ratificada por el Cabildo General de la corporación sevillana el 8 de Marzo de 2009.
Con esta aprobación, nuestra Cofradía se suma a una larga lista de hermandades filiales de la de Sevilla desde que S. S. León XII, por Bula de 16 de julio de 1824, concedió el uso de los títulos de ARCHICOFRADÍA, PRIMITIVA y PONTIFICIA, facultando a la Archicofradía para agregar a sí a cualquier otra hermandad o cofradía, cualquiera que fuese el lugar de su radicación, y comunicarle todas las gracias e indulgencias que aquélla tuviera concedidas, siempre que lo solicitase y tuviera igual advocación.
Según consta en los archivos de la corporación sevillana, en la actualidad hay un total de noventa y seis cofradías y hermandades agregadas, estando distribuidas por toda la geografía española e incluso del continente americano, siendo las localidades sede de estas, las siguientes:
Provincia de Sevilla: Aguadulce, Alanís, Alcalá de Guadaira, Alcalá del Río, La Algaba, Almadén de la Plata, Arahal, Badolatosa, Las Cabezas de San Juan, La Campana, Cantillana, Carmona, Casariche, Castilblanco de los Arroyos, Cazalla de la Sierra, Constantina, Coria del Río, Coripe, El Coronil, Ecija, Estepa, Fuentes de Andalucía, Guadalcanal, Herrera, Lebrija, Lora de Estepa, Mairena del Alcor, Marchena, Morón de la Frontera, Olivares, Osuna, Paradas, Pedrera, Peñaflor, La Puebla de Cazalla, La Rinconada, La Roda de Andalucía, El Rubio, Salteras, Sanlúcar la Mayor, Santiponce, Utrera, Lora del Río y El Viso del Alcor (2).
Provincia de Cádiz: Algar, Alcalá de los Gazules, Alcalá del Valle, Algeciras, Arcos de la Frontera, Barbate, Bornos, Cádiz, Conil de la Frontera, Chiclana de la Frontera, Espera, Jerez de la Frontera, Medina Sidonia, Olvera, Prado del Rey, Puerto de Santa María, Puerto Real, Rota, San Fernando, San Roque, Sanlúcar de Barrameda, Setenil de las Bodegas, Tarifa, Ubrique, Vejer de la Frontera y Villamartín.
Provincia de Huelva: Aracena, Ayamonte, Cortegana, Gibraleón, Huelva, y Moguer.
Provincial de Málaga: Antequera, Málaga (3) y Ronda.
Provincia de Córdoba: Cabra, Córdoba, Puente Genil, Pozoblanco y La Rambla.
Provincia de Granada: Almuñécar, Guadix y Motril.
Otras localidades: Almería, Jaén, Mataró (Barcelona), Campo de Criptana (Ciudad Real), Alcorcón (Madrid), Puebla Pue. (México), Talavera de la Reina (Toledo) y Valladolid.
Las agregaciones, privilegios e indulgencias, que gozan las hermandades y cofradías filiales y agregadas a la Primitiva Hermandad de los Nazarenos de Sevilla, son las siguientes:
AGREGACIONES
I.- A la Basílica de la Santa Cruz de Jerusalén, de Roma.
II.- Por cartas de sus respectivos Priores y Superiores Generales participa de las gracias espirituales de distintas órdenes y familias religiosas, tales como Capuchinos, Carmelitas, Cartujos, Clérigos Menores, Compañía de Jesús, Franciscanos, Hospitalarios de San Juan de Dios, Oratorio de San Felipe, Congregación de Misioneros del Corazón de María y Trapenses, así como la Congregación del Apostolado de la Oración y la Prima Primaria de la Anunciación, de Roma.
PRIVILEGIOS
I.- Todos sus altares gozan del privilegio perpetuo de Altar de Animas para las misas que en ellos se digan por cualquier hermano o hermana difuntos, según Bula de S. Pío VI de 14 de marzo de 1775.
INDULGENCIAS
I.- S.S. Pío VI, en Bula de 18 de marzo de 1775, concedió Indulgencia Plenaria Perpetua a todo fiel que se alistase en la Hermandad o Cofradía si hubiese confesado, comulgado y estuviese verdaderamente contrito. Y en la misma Bula concedía idéntica Indulgencia "in articulo mortis" a los hermanos y hermanas que, habiendo comulgado o estando contritos si no pudieran hacerlo invocasen el Dulce Nombre de Jesús al menos con el corazón, diesen alguna muestra de arrepentimiento.
II.- S.S. Pío VII, en Bula de 5 de mayo de 1801, concedió dos Indulgencias Plenarias Perpetuas a los fieles que asistiesen a todos los días del Quinario a Nuestro Padre Jesús Nazareno, y del Triduo a la Santísima Virgen.
En Bula de 8 de mayo de 1801 concedió Indulgencia Plenaria Perpetua a los fieles que asistiesen a los ejercicios piadosos que la Hermandad o Cofradía celebre los Viernes, ganándose una cada mes siempre que se hubiese confesado y comulgado, y pudiendo ganar en otro Viernes del mismo mes otra Indulgencia parcial de siete años y siete cuarentenas.
III.- S.S. Pío VII, en Bula de 3 de agosto de 1816 concedió Indulgencia Plenaria Perpetua a todos los fieles que, confesados y comulgados, visiten la Sede Canónica de la Hermandad o Cofradía en los días de la Natividad de Nuestro Señor, Circuncisión, Transfiguración, Ascensión y Epifanía; Purificación de Nuestra Señora, Anunciación, Natividad e Inmaculada Concepción; en las festividades de los doce Apóstoles, el día de la Exaltación de la Santa Cruz, el domingo siguiente a la festividad de la Inmaculada Concepción, todos los domingos de Adviento y todos los de Cuaresma.
Las relaciones de esta Archicofradía con las filiales y agregadas son cordiales y fraternas en todos los sentidos, con visitas recíprocas en algunos casos, estando inmersos en un ambicioso proyecto para editar un catálogo de todas ellas a fin de darlas a conocer mutuamente.